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¿Puedo como investigador RyC colaborar en labores de docencia en mi Universidad por más de 80 h?

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Los investigadores contratados al amparo de la convocatoria RyC pueden colaborar en tareas de docencia, tanto en su universidad como en otra institución, tal y como señala el artículo 23 de la última convocatoria publicada, siempre a petición propia y con la aprobación de su institución por un máximo de 80 h anuales. No obstante, en caso de querer ampliar dicha colaboración puede solicitarse a los responsables de Ordenación Académica de la institución donde se desarrolle el contrato, quienes podrían conceder una ampliación a ese límite máximo si lo estiman conveniente.